Cuando entramos en un banco con intención de pedir dinero prestado, lo primero que nos preguntan es por el tipo de garantías que vamos a aportar. Al banco le importa tanto de donde vamos a sacar el dinero para devolver el préstamo como de dónde puede tirar en el caso de que no paguemos. En estas situaciones los empleados del banco a menudo emplean palabras que el común de los mortales no sabemos que significan o que nos pueden sonar pero en esas situaciones necesitamos entender la letra pequeña y más pequeña…
Las pignoraciones son garantías dinerarias en las que se deposita dinero como aval. Consiste en inmovilizar como garantía bienes dinerarios (puede ser dinero, acciones, fondos de inversiones o valores de renta fija como pagarés o letras del tesoro) para obtener un porcentaje de financiación sobre la cantidad que se inmoviliza.
En realidad, es lo mismo que la garantía de bienes inmuebles para las hipotecas con la diferencia de que en el caso de la pignoración no se permite la libre disposición de los activos pignorados mientras durante toda la vida del préstamo.
Ventajas de la pignoración:
- Si pignoramos podemos acceder a mejores condiciones financieras que si hacemos un aval, siempre y cuando los activos que pignoramos tengan buena clasificación y sean realizables
- Podremos acceder a tanto o más porcentaje de financiación cuanto menos fluctúe el valor de los bienes pignorados
- Podemos disponer de los rendimientos del activo pignorado en el caso de los intereses de imposiciones o dividendos de acciones (pero no los fondos de inversión)
Desventajas de la pignoración
- Te bloquea los activos, no puede usar esos activos mientras estén pignorados.
- A veces puede ser complicado lograr la pignoración depende con que entidades.
- Todos los activos no pueden ser pignorados.
La pignoración es una forma de financiación todavía poco utilizado por las economías domésticas en el presente pero con muchas posibilidades a futuro.